La nueva ordenanza que ha elaborado el Ayuntamiento, establece que los vados se concederán a garajes con capacidad mínima para dos vehículos

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La ordenanza regula también el aprovechamiento de entrada y salida de vehículos a través de las aceras y el tránsito por las vías peatonales para acceder a garajes, aparcamientos, así como actividades industriales, o locales, con o sin reserva de espacio y carga y descarga de mercancías de cualquier clase. Para el disfrute de estos aprovechamientos , es obligatorio contar con la preceptiva autorización.

En el articulado de la ordenanza que se ha redactado, se establecen los documentos necesarios para la solicitud y las condiciones técnicas que deben cumplir los garajes, así como las condiciones de su señalización, y el régimen de infracciones.

El Ayuntamiento mediante esta ordenanza podrá autorizar vado de uso permanente, vado de uso temporal, vado y paso de vehículos en calles peatonales y acceso de vehículos a través de las aceras, sin reserva de espacio. El peticionario deberá indicar la clase de autorización que solicita y en su caso, fundamentar debidamente la petición. Hasta ahora los vados se concedían por aplicación directa de la ley, pero sin un procedimiento concreto y sin establecer algunas condiciones mínimas.

Los vados de uso permanente permitirán la entrada y salida de vehículos a los garajes durante las 24 horas del día, todos los días de la semana. Su otorgamiento, prohíbe en la calzada y frente a los mismos el estacionamiento de vehículos, incluso los que sean propiedad del titular de la concesión.

Estas autorizaciones se concederán a garajes o aparcamientos públicos o privados, gasolineras y estaciones de servicio y a garajes comunitarios que en la licencia de nueva planta vengan vinculados a las viviendas, independientemente del número de plazas.

La Concejal de Hacienda Mª Carmen Candela explica que entre las novedades que se incorporan en esta ordenanza, está la regulación de la concesión de las placas de vado permanente, estableciendo un mínimo de dos vehículos. La ordenanza tiene en cuenta que existen concedidas placas de vado para garajes en los que únicamente cabe un vehículo, por ello en el artículo 26 se recoge que se mantendrá la concesión del vado mientras no se de la baja y establece también la posibilidad de subrogar los derechos en la tramitación de la vivienda o local , tanto inter vivos como mortis causa .

Candela ha indicado que con esta ordenanza se pretende mejorar la regulación de la concesión de vados y entradas de carruajes para racionalizar las instalaciones y reservas que reducen el estacionamiento, puesto que con sólo una plaza de vehículo por vado, se está prohibiendo en muchas calles el estacionamiento libre a los conductores que llegan a calles en las que apenas hay aparcamiento. Al exigirse dos plazas como mínimo, se garantizará que por cada plaza reservada en la calle al titular del vado, éste por lo menos tenga dos coches en el garaje, por lo que por cada prohibición de un aparcamiento en la calle, serán dos los coches que el propietario no tenga en la vía pública.

Por otro lado con esta ordenanza se establece la obligación a todos los titulares de vados de mantener y reparar los desperfectos en el uso de la acera, mientras que los nuevos vados tendrán la obligación de ejecutar el rebaje de acera correctamente, en lugar de poner pegotes o ejecutar inclinaciones peligrosas en las aceras.

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