El Ayuntamiento aplicará una bonificación del 50% del IBI para los inquilinos con escasos recursos de las viviendas de promoción pública de la Generalitat

La Concejal de Hacienda Mª Carmen Candela ha anunciado que el Ayuntamiento de Crevillent va a proceder en la próxima redacción de ordenanzas fiscales, a la bonificación en un 50 % del IBI para los inquilinos con escasos recursos ocupantes de las  viviendas de promoción pública de la Generalitat, según el listado de viviendas que  ha facilitado la Entidad de Infraestructuras que gestiona las mismas.

La situación actual de crisis económica que afecta sobre todo a personas con bajos niveles de renta, como las que ocupan las viviendas de promoción pública de la Generalitat, está dificultando  y en muchos casos, incluso impidiendo que puedan hacerse cargo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Candela indica que esta medida va a ayudar a dichas familias al bonificárseles el recibo de la contribución en un 50 %, que es lo máximo que permite la ley.

Esta reducción va a suponer que un recibo de 219,66 € el año próximo pase a ser  de  109,83 €. A nivel general esto supone un ahorro para los vecinos que ocupan las viviendas de promoción pública y una pérdida de ingresos para el Ayuntamiento de 20.814,82 €.

 

La concejal de Hacienda ha señalado que esta medida que impulsa el ejecutivo municipal,  es una medida que va favorecer a las familias que residen en viviendas de la Generalitat, cuyo perfil económico es bajo, sumándose esta propuesta  a la ya anunciada por el Ayuntamiento de Crevillent de eximir del impuesto sobre plusvalías para la dación en pago y las ejecuciones hipotecarias de la vivienda habitual, según se establece en  el real Decreto Ley 8/2014

Esta medida está destinada a atender la problemática social derivada de los desahucios, en base a ella y desde el 1 de enero de 2014, y los hechos anteriores que no hayan prescrito, quedan exentas del pago de la plusvalía las personas físicas que transmitan su vivienda habitual mediante dación en pago o forzosamente  como consecuencia de un procedimiento de ejecución hipotecaria judicial o notarial.

 

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