Para ser admitidos al proceso de selección los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes: Poseer la vecindad administrativa en el municipio de Crevillent, haber nacido en fecha posterior al 1 de enero de 1987, haber finalizado estudios universitarios o ciclos formativos de grado superior en el año 2014, 2015 y 2016, no estar disfrutando de otra beca o ayuda, y no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículos 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los beneficiarios de la beca deben incorporarse a la Entidad Local el día 1 de agosto de 2017 a las 9 horas en la Oficina de Turismo de la Agencia de Desarrollo Local. Deberán desarrollar sus actividades en los lugares que les sean indicados por un periodo de tres meses, comprendido entre el 1 de agosto de 2017 y el 31 de octubre de 2017 y tener la dedicación que se establece en las bases de estas becas, 20 horas semanales.
La beca de esta convocatoria se adjudicará mediante concurrencia competitiva ordinaria entre las personas aspirantes que reúnan los requisitos estipulados en la Base Segunda antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y lo acrediten documentalmente. Las bases de la convocatoria se publicarán en el boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y todas las comunicaciones posteriores se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal (www.crevillent.es).
La selección se realizará respetando en todo caso los principios de objetividad, transparencia, concurrencia y neutralidad, además de valorar con carácter preferente aquellos casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad.
Los méritos que se valorarán serán los siguientes: Nota media del expediente académico universitario o de ciclos formativos de formación profesional hasta un máximo de 5 puntos; titulaciones y cursos de formación en el área de turismo, nuevas tecnologías, atención al público y gestión de proyectos turísticos de duración igual o superior a 20 horas y que hayan sido convocados y homologados por Universidades, institutos o Escuelas Oficiales, hasta un máximo de 5 puntos; el conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 1 punto, y por grado de discapacidad igual o superior a 33 por cierto, acreditada por medio de certificado expedido por la Administración competente, 1 punto.
En el supuesto de empate entre los solicitantes en la valoración final, la comisión de valoración aplicará en primer lugar la discapacidad, en segundo lugar la nota media del expediente académico y en caso de continuar el empate, el primer lugar lo ocupará el aspirante de mayor edad.
El plazo de presentación de instancias será de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo. Los interesados tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal.
En la solicitud se deberán relacionar los méritos que se alegan junto con la documentación acreditativa. Las solicitudes irán acompañadas de la documentación que se señala a continuación, que deberá presentarse original o acompañada de fotocopia para su cortejo:
- Documentación acreditativa de cumplimiento de los requisitos para la obtención de condición de beneficiario: Fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento de Crevillent y copia autentificada o fotocopia que deberá acompañarse del original para su compulsa en donde se acrediten los estudios realizados.
- Documentación acreditativa de los méritos alegados en la solicitud (original y fotocopia compulsada): Certificado de expediente académico, titulaciones de cursos de formación en el área de la animación sociocultural, nuevas tecnologías, atención al público y de gestión de proyectos socioeducativos con especificación de horas totales, certificado expedido y homologado por la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano y el certificado de grado de discapacidad.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, aprobando la lista de admitidos y excluidos y estableciendo un plazo de 3 días hábiles para reclamarlos.
La comisión de evaluación de solicitudes se reunirá para realizar la baremación de los candidatos. Una vez finalizada la base de baremación se redactará el acta provisional de la selección con el nombre y apellido de la persona beneficiaria de la beca, así como de las que hayan quedado en la bolsa de reserva para posibles sustituciones de bajas o renuncias. El acta se publicará en la web del Ayuntamiento de Crevillent, abriéndose un plazo de 3 días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación, al efecto de posibles reclamaciones que únicamente podrán estar relacionadas con la baremación. Posteriormente se procederá a la publicación del acta definitiva con el nombre y apellidos de la persona beneficiaria de la beca, así como los que hayan quedado en la bolsa de reserva por posibles sustituciones de bajas o renuncias.