Es costumbre aceptada por la ciudadanía en general que la fiesta se prolongue durante la madrugada y, obviamente más allá de los horarios normales de terminación que aplica con carácter general este Excmo. Ayuntamiento, con ocasión de las distintas fiestas que se celebran en nuestro municipio. Es una costumbre arraigada que el Excmo. Ayuntamiento amplíe el horario de los establecimientos de restauración, cafeterías y pubs, como medida eficaz para que tengan servicios los que deseen participar, de manera activa o como espectadores, en esta noche de vigilia y preparación para el día grande del Viernes Santo que combina los sentimientos religiosos y populares de manera magistral, concitando una concentración masiva de gente, que siempre desborda las previsiones más optimistas.
Teniendo presente estos antecedentes y en consonancia con el artículo 9 del Decreto 30/2018 del Presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para el año 2019, que dispone la competencia municipal excepcional para fijar la ampliación de horario, hasta en UNA HORA, motivado por las peculiaridades de la población y su afluencia turística, haciendo uso de las atribuciones conferidas en las disposiciones indicadas y atendiendo a la especial singularidad de la celebración, que este Excmo. Ayuntamiento pretende potenciar, resulta oportuno fijar un horario especial de terminación de la actividad, ampliando el horario de cierre de los establecimientos catalogados en los grupos B y J, dentro de los límites comprendidos en la normativa aplicable en esta materia.
Se amplia en UNA HORA el horario general de cierre, en la noche del 18 de abril Jueves Santo al 19 de abril Viernes Santo, de los establecimientos catalogados dentro del grupo J del artículo 2.1 del Decreto 30/2018, restaurantes, bares, y cafeterías, fijando su cierre a las 2,30h, ampliándose en el mismo sentido el horario de las terrazas autorizadas anexas a los establecimientos principales referidos. Del mismo modo, ampliar en MEDIA HORA los establecimientos del grupo B, pubs, y sus terrazas, fijando su cierre a las 4,00h.
Todo ello, respetando el necesario descanso de los vecinos, con especial atención a las disposiciones legales existentes en materia de contaminación acústica.
EL CONCEJAL DE SEGURIDAD CIUDADANA.