Recordar que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales consideró que según la nueva Directiva europea que entró en vigor en abril de 2014 , el riesgo en la concesión no se justifica y que por lo tanto el servicio de basuras y limpieza viaria debía de calificarse de contrato de servicios , y su duración no podía superar los 6 años entre contrato y prórrogas.
El Alcalde recordaba que esta Directiva en España aún no está en vigor, ya que se encuentra en trámite de trasposición . De hecho, el Gobierno de España está tramitando un proyecto de ley precisamente para dar entrada a esta Directiva aunque con algunas matizaciones y no será tan literal esta aplicación. Los Estados miembros de la Unión Europea , explicaba Asencio, tienen la posibilidad de introducir peculiaridades y matizaciones . Precisamente en este proyecto de ley hay aspectos que se aplicarán y que permitirían validar la concesión del servicio a FCC , porque aunque considerara que es un contrato de servicios , sería legal fijar un plazo de 10 años para amortizar la maquinaria en los contrato de servicios .
Según Asencio si la Ley de esta disposición europea se hubiera aprobado ya, no se habría anulado la adjudicación de la contrata del Ayuntamiento de Crevillent .
El Alcalde indicaba que dado que en estos momentos está anulada la adjudicación por el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, el Ayuntamiento no va a formalizar el contrato con FCC y estará pendiente del resultado del recurso que va a interponer la empresa .
Mientras tanto, el Consistorio va a prorrogar a SELESA, actual concesionaria del servicio de recogida de basura y limpieza de calles , ya que el contrato permitía una prórroga anual de hasta 10 años desde el vencimiento, cuya duración ha sido de 10 años . Asencio indica que esta es una solución provisional porque la anterior concesión no recoge las mejoras y ampliaciones que sí estaban en el nuevo pliego y en el que se iba a dar un mejor servicio al ciudadano.