El Govern municipal deixa sense efecte el Dijous Sant com a dia festiu local

El dia festiu que substituïsca el Dijous Sant s’acordarà amb els agents socials i empresarials, comerciants i entitats festives tan prompte concloga l’estat d’alarma general decretat pel Govern de la Nació

Crevillent (03/04/2020).- Crevillent (02/04/2020).- El govern municipal ha decidit aquesta mateixa setmana deixar sense efecte el Dijous Sant com a dia festiu local amb motiu de no concórrer les condicions que habitualment han servit de base per a la seua declaració, en haver-se suspés la celebració de totes les processons de Setmana Santa a causa de la declaració de l’estat d’alarma pel coronavirus (COVID-19).

Aquesta proposta va ser sotmesa a consideració de la Junta de Portaveus dilluns passat obtenint un acolliment favorable per tots els grups polítics de l’Ajuntament. És per això que, sobre la base de la comunicació rebuda de la Direcció General d’Administració Local sobre la possibilitat de modificar les festes locals, el govern municipal ha decidit deixar sense efecte dijous que ve Sant com a festiu local i considerar-lo com un dia normal per a la pràctica comercial.

Segons manifesta Manuel Penalva, regidor d’Indústria, Comerç i Mercats, queda pendent de designar un nou festiu local, una decisió que es posposa fins que acabe l’estat d’alarma i es conega l’evolució de les mesures per a combatre la situació d’excepcionalitat que estem vivint.

Igualment, des de la Regidoria de Comerç s’informa que, de conformitat amb la Resolució de la Conselleria d’Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball publicada amb data 1 d’abril en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, s’habilita a l’obertura comercial el divendres 10 d’abril (Divendres Sant) i el dilluns 13 d’abril (Dilluns de Pasqua), a més d’inhabilitar-se els dies 5 d’abril (Diumenge de Rams) i 12 d’abril (Diumenge de Pasqua) per a l’obertura comercial.

Tot això, independentment de la llibertat d’horari que marca la normativa en determinades condicions i a determinats comerços (entre ells els que tinguen una superfície de venda menor de 300 m²) i amb l’excepció de les activitats i els establiments marcats com a essencials en el Reial decret 463/2020, de 14 de març, pel qual es declara l’estat d’alarma.

 

El Gobierno municipal deja sin efecto el Jueves Santo como día festivo local

El día festivo que sustituya al Jueves Santo se acordará con los agentes sociales y empresariales, comerciantes y entidades festivas tan pronto concluya el estado de alarma general decretado por el Gobierno de la Nación

Crevillent (03/04/2020).- Crevillent (02/04/2020).- El gobierno municipal ha decidido esta misma semana dejar sin efecto el Jueves Santo como día festivo local con motivo de no concurrir las condiciones que habitualmente han servido de base para su declaración, al haberse suspendido la celebración de todas las procesiones de Semana Santa debido a la declaración del estado de alarma por el coronavirus (COVID-19).

Esta propuesta fue sometida a consideración de la Junta de Portavoces el pasado lunes obteniendo una acogida favorable por todos los grupos políticos del Ayuntamiento. Es por ello que, en base a la comunicación recibida de la Dirección General de Administración Local sobre la posibilidad de modificar las fiestas locales, el gobierno municipal ha decidido dejar sin efecto el próximo Jueves Santo como festivo local y considerarlo como un día normal para la práctica comercial.

Según manifiesta Manuel Penalva, concejal de Industria, Comercio y Mercados, queda pendiente de designar un nuevo festivo local, una decisión que se pospone hasta que acabe el estado de alarma y se conozca la evolución de las medidas para combatir la situación de excepcionalidad que estamos viviendo.

Igualmente desde la Concejalía de Comercio se informa que, de conformidad con la Resolución de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo publicada con fecha 1 de abril en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, se habilita a la apertura comercial el viernes 10 de abril (Viernes Santo) y el lunes 13 de abril (Lunes de Pascua), a la par que se inhabilitan los días 5 de abril (Domingo de Ramos) y 12 de abril (Domingo de Pascua) para dicha apertura comercial.

Todo ello, independientemente de la libertad de horario que marca la normativa en determinadas condiciones y a determinados comercios (entre ellos los que tengan una superficie de venta menor de 300 m2) y con la excepción de los establecimientos y actividades marcadas como esenciales en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.

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