La finalidad de esta convocatoria es contribuir a sufragar los gastos que tengan las asociaciones empresariales o comerciantes en la programación y organización de actividades de promoción, dinamización, animación, sensibilización y formación que realicen durante este año, incluyendo también los gastos del personal en plantilla. La subvención , no se puede destinar en ningún caso a financiar inversiones, ni adquisiciones de material inventariable o equipamiento.
No serán objeto de subvención aquellas actividades ya realizadas o pendientes de realizar que la Concejalía de Fomento Económico, Formación y Comercio haya participado como organizadora o haya asumido parte de los costes.
Según las bases aprobadas, serán beneficiarios de estas ayudas las Asociaciones de Empresarios y Comerciantes legalmente constituidas , que tengan su sede en Crevillent y que se encuentren inscritas o acrediten haber solicitado su inscripción con anterioridad a la fecha de presentación de solicitud de la presente convocatoria en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Crevillent. Será requisito que, al menos, el 75 % de los asociados figuren dados de alta en el padrón del impuesto de actividades económicas del Ayuntamiento de Crevillent.
Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial publicado en la página web del Ayuntamiento de Crevillent como anexo y se pueden presentar hasta el día 4 de Septiembre de 2015, estando limitadas las subvenciones al agotamiento de las aplicaciones presupuestarias correspondientes.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos , se requerirá al peticionario para que en el plazo de diez días subsane los defectos, con indicación de que si no lo hiciera se le tendrá por desestimada su petición.
Las bases se pueden consultar en la página web del Ayuntamiento de Crevillent, www.crevillent.es.
Las solicitudes se resolverán siguiendo rigurosamente el orden de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento. El plazo máximo para la resolución de cada solicitud será de dos meses a contar desde la fecha en que la misma haya tenido entrada en el Registro General.
Para la concesión de la subvención y determinación de su importe, así como para su denegación se tendrán en cuenta:
Proyecto o Memoria: de acuerdo con los objetivos de esta subvención. Hasta 10 puntos. Número de socios participantes, sobre el total de asociados. Hasta 3 puntos. Aportando certificado y relación socios actualizada. Actividad realizada en Crevillent. Hasta 2 puntos. Realizada fuera del municipio. Hasta 4 puntos.
Realización de cursos propios de formación. Hasta 2 puntos. Gastos justificados de funcionamiento y gestión de la asociación (ejercicio 2014). Hasta 2 puntos. Repercusión social y económica de las actividades. Hasta 2 puntos.